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Cuando no se puede pagar

Varios factores hacen de la hostelería un sector ‘poco moroso’. Por ejemplo por el acreedor objetivo al que este tipo de empresas podrían dejar de pagar: proveedores, franquiciadores, entidades financieras (en caso de compra de local), o aquel que alquilase un local en el que se estableciera un establecimiento hostelero. El primero de los casos sería el más frecuente y en el que, en definitiva, podrían darse los impagos en caso de producirse, pero no parece probable, ya que si de proveedores se habla, al tratarse de productos frescos, que se consumen en plazos de tiempo bastante cortos, también se abonan en plazos de tiempo reducidos, en contra de lo que sucede en otros sectores, donde los plazos se alargan hasta 200 días, en los que resulta difícil prever qué sucederá en ese tiempo.
“Los hosteleros podrían tener problemas porque ha bajado el volumen de comidas y cenas y factura menos, afirma Pere J. Brachfield, profesor de EAE Business School y asesor en morosidad de la patronal PIMEC, pero lo están solucionando a base de reducir sus tickets medios. En lo que se refiere a los pagos a proveedores, como las deudas son pequeñas y los plazos no se dilatan mucho en el tiempo, no es difícil hacerles frente. En lo que, a lo mejor, puede haber un riesgo mayor es en cuanto al pago de hipotecas, sobre todo desde la parte de todos aquellos que entran en hostelería sin conocer el sector, que no es para aficionados”. Aún así, mantiene Brachfield, en uno y otro caso, las constructoras serán el tipo de firmas que el año que viene presentarán mayores riesgos de convertirse en impagadores.

Firmas de cobros
En cualquier caso, existen una gran cantidad de compañías especializadas en la gestión de cobros a deudores. Brachfield advierte sobre el hecho de tener cuidado a la hora de recurrir a ellas, puesto que este tipo de gestión podría vulnerar el derecho a la intimidad y el honor del ciudadano.
“Porque existe un vacío legal al respecto, cosa que sólo pasa aquí y en Venezuela. El único que puede pedir que se pague una deuda es el juez”.

Ante las deudas…

En el caso de que ya se posea una deuda, tanto si ésta es con una entidad financiera como un proveedor, todo tiene solución. Según manifiesta el profesor Brachfield, de producirse ese hecho, el deudor debe, ante todo, ponerse en contacto con el acreedor a fin de negociar una solución viable, como por ejemplo, pagos fraccionados de la deuda. Si hay una ‘voluntad de pago’ siempre se encuentra una solución al problema. A.I.G.

A tener en cuenta

En asuntos de pagos, se hace bueno eso de que más vale prevenir que curar. Si uno puede llegar a convertirse en acreedor, debe tener en cuenta varias cosas antes de tener que reclamarle dinero a alguien:

Pedir informes investigados de a quién se vende y comprobar que, en ocasiones similares, paga y comprobar en qué condiciones paga.

Documentar todo lo que se pueda la operación. Tenerla bien definida a través de contratos, plazos, etc.

Conceder un límite de crédito a fin de que haya también un límite de deuda.

Tener controlados los pagos, hacer un seguimiento de los mismos y no dejarlos en manos de terceros.

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