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La justicia le vuelve a dar la razón a Comess Group

La Audiencia de Barcelona ha ratificado la sentencia de primera instancia que acordaba la desestimación de la demanda interpuesta en su día por la Asociación de Franquiciados de Cantina Mariachi, pues la sentencia reconoce, en contra de lo que alegaba esta última asociación, que la obligación impuesta a los franquiciados de suministrarse a través de un operador logístico es legal, equitativa y no constituye ningún abuso de relación de dependencia.

Asimismo, la Audiencia de Barcelona reconoce el derecho del franquiciador para explotar enseñas de restauración distintas con cartas diferentes, aunque compartan algún ingrediente, y dicta que no procede la denuncia de que las cocinas de Cantina Mariachi estaban mal diseñadas, pues se ajustaban a la normativa, y que el fondo de marketing constituye un servicio que se prestó a cuenta y no un depósito del que se debe dar cuenta.

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